Derecho del Turismo en las Américas

Turismo en Cuba: Panorama del Marco Legal Vigente 971 Para finalizar este apartado, vale reseñar que el Artículo 29 hace una somera referencia a los contratos de comercialización de estos productos turísticos entre los administradores de las areas donde se desarrollen los mismos y los turopera‑ dores y agencias de viajes. Mientras que el Artículo 30 establece que aquellas actividades con algún grado de riesgo requerirán de la suscripción de un acta de descargo de responsabilidades, dejando abierta la necesidad de que el turista cuente con las pólizas de seguro necesarias para hacer frente a alguna eventuali‑ dad en este sentido. Una vez concluida la revisión de las normativas sobre algunos de los princi‑ pales nichos turísticos cubanos, en el siguiente apartado se abordarán las cuestiones legales referidas a la inversión extranjera en el sector. 6. REGULACIÓN DE LA INVERSIÓN EXTRANJERA En Cuba comenzó a regularse la inversión extranjera con el Decreto‑Ley No. 50 de 15 de febrero de 1982, Sobre asociación económica entre entidades cubanas y extranjeras. Esta norma favoreció, por vez primera, las asociaciones de empre‑ sas entre capital nativo y foráneo como herramienta fundamental para potenciar el desarrollo económico del país. Bajo esta regulación, se constituyó la primera empresa mixta con capital cubano y español en el sector del turismo, en 1988, Cubacan S.A. Posteriormente, se promulgó la Ley No. 77 de 5 de septiembre de 1995, Ley de la Inversión Extranjera, que introdujo nuevos incentivos y mayor seguridad jurídica para los futuros inversores, que propició la constitución de más de 20 empresas mixtas en el sector del turismo, entre ellas, hoteles con cate‑ gorías de 4 y 5 estrellas. En la actualidad existen dos normativas fundamentales que regulan la inver‑ sión extranjera en el turismo en Cuba, la Política de Inversión Extranjera y la Ley No. 118/2014 de Inversión Extranjera. Esta última prevé, en el sector del turismo, las siguientes pautas para invertir: • Desarrollar nuevas construcciones o remodelar instalaciones ya existentes; • Mejorar la infraestructura en las zonas definidas como polos turísticos; • Promover los desarrollos inmobiliarios asociados a los campos de golf y la administración de marinas; • Ampliar la cartera de compañías hoteleras extranjeras de reconocido pres‑ tigio internacional para administrar los hoteles;

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