Derecho del Turismo en las Américas
98 DERECHO DEL TURISMO EN LAS AMÉRICAS cumplir sus obligaciones al respecto. El turista no es solo un cliente que puede exigir a la empresa con la contrata y que tiene deberes para con esa empresa, sino que es un sujeto que actúa sobre el entorno y sobre otros turistas. Con todos ellos, tiene unas obligaciones que no son sino reflejos de sus nuevos derechos. Finalmente, es preciso hacer referencia al nacimiento de nuevas mediciones tanto de calidad, como seguridad derivadas de la generalización del uso compar‑ tido de la Internet. Para muchos turistas, hoy, su primera referencia, es la opinión de otros turistas expresada en cualquiera de los portales que se encargan de ges‑ tionar esta información. Puede decirse que los mismos se han convertido en los más importantes medidores de calidad tanto para los turistas como para las empresas que se encuentran muy atentas a su desenvolvimiento. Por supuesto, ello tiene grandes ventajas y permite acceder a una información fundamental como es la experiencia personal acumulada. Sin embargo, no debe dejar de repa‑ rarse en sus debilidades (en muchas ocasiones, escaso número de opiniones; posibles manipulaciones). Así, creo que se puede decir que, como en tantas oca‑ siones alrededor de la irrupción tecnológica, nos encontramos ante una mejora cualitativa que requiere, necesariamente, del complemento de la acción pública. En este caso, de la extensión por la administración de la labor de acreditación de la calidad en función de unos criterios objetivos y flexibles. C. La formación y derecho laboral Desde el recordatorio de lugares comunes, uno de los principales es la importan‑ cia del capital humano para el desarrollo. Ello es plenamente válido para el turismo 32 . Si disponer de un personal formado, especializado y capaz de respon‑ der a los distintos retos de la actividad turística ha sido una constante, no puede obviarse que en la actualidad la necesidad es mayor. En efecto, hoy la formación es esencial para algunas de las cuestiones más relevantes del nuevo modelo turís‑ tico. Cuestiones como la seguridad, la sostenibilidad, la calidad requieren de un soporte formativo notable y dinámico que sea capaz de facilitar la adaptación del personal relacionado con la actividad turística a los cambios en el sector. La legislación es propensa a vincular la formación con el fomento del turismo. Se trata de una línea de trabajo no exenta de interés. Considerar como una de las líneas principales de fomento de la actividad turística, la formación de emplea‑ dores y empleados, superando, de esta manera, arquetipos tradicionales, supone aportar un instrumento de interés para paliar las necesidades formativas. El pro‑ 32 Al respecto, A. ÁLVAREZ SOUSA, Turismo y calidad global. Contribución al desarrollo integral, ob. cit.
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