Derecho del Turismo en las Américas

984 DERECHO DEL TURISMO EN LAS AMÉRICAS protegiendo su ecosistema y participando en la prestación de servicios turísticos. – Seleccionando aquellos principios más innovadores, podemos colegir que se reconoce al sector privado como eje fundamental de desarrollo del sector y su contribución a la producción nacional, y además, a lo largo de la Ley, por primera ocasión, existe un tácito reconocimiento a que las comunida‑ des indígenas presten servicios turísticos, bajo los parámetros de la Ley, es decir sujetándose a cumplir los requisitos contemplados en este mismo cuerpo jurídico que reconoce su potestad de trabajar en turismo, legalizán‑ dose y regulándose los principios del turismo comunitario, del que el Ecuador ha sido precursor. 2. Esta Ley reconoce como actividades turísticas a las siguientes: – Alojamiento; – Servicio de alimentos y bebidas; – Transportación, cuando se dedica principalmente al turismo; inclusive el transporte aéreo, marítimo, fluvial, terrestre y el alquiler de vehículos para este propósito; – Operación, cuando las agencias de viajes provean su propio transporte, esa actividad se considerará parte del agenciamiento; – La de intermediación, agencia de servicios turísticos y organizadoras de eventos, congresos y convenciones; y – Casinos, salas de juego (bingo‑mecánicos), hipódromos y parques de atrac‑ ciones estables. – Sin embargo, en el año 2011, a través de una consulta popular, se prohibió la existencia de casinos y salas de bingo en el Ecuador, los que cerraron defi‑ nitivamente en el año 2012, por lo que esta actividad turística ya no existe. 3. Otro aspecto interesante que la Ley de Turismo ecuatoriana establece es que las personas jurídicas que no persigan fines de lucro no podrán realizar actividades turísticas para beneficio de terceros, con esto se regula la pres‑ tación de servicios por parte de fundaciones u organizaciones no gubernamentales, y no considera, dentro del ámbito turístico, a estableci‑ mientos como clubes sociales o deportivos. 4. La Ley establece los principios básicos de la descentralización en materia de turismo, con la que se delegaron muchas facultades a las municipalidades

RkJQdWJsaXNoZXIy NzgyNzEy