Derecho del Turismo en las Américas
990 DERECHO DEL TURISMO EN LAS AMÉRICAS Adicionalmente, en el Reglamento, se encuentran definiciones, derechos y obligaciones de los huéspedes y de los establecimientos de alojamiento turístico, están además los procedimientos de registro, inspección e identi‑ ficación, el procedimiento de licenciamiento, los criterios para la clasificación y calificación de los establecimientos de alojamiento y los cri‑ terios para la comercialización, las reglas que regulan el time sharing. Este Reglamento viene acompañado de unas extensas matrices con los criterios para la clasificación. Es novedoso que los procesos de clasificación y cate‑ gorización parten de una auto‑calificación que luego es fiscalizada por el Ministerio de Turismo. – Un fuerte debate se ha dado en el Ecuador en los últimos meses, pues con fecha 31 de julio de 2019, se expidió el Reglamento de alojamiento en inmuebles para uso turístico, que regula a los propietarios, arrendatarios y administradores de los alojamientos particulares que se usan para turismo basados en plataformas digitales y cuyas unidades, hasta el momento, en el Ecuador, han operado ilegalmente, pues no pagan impuestos, por ejemplo la conocida Airbnb. Esta provee servicios de alojamiento en todo el mundo, sin poseer un solo hotel, sino valiéndose de las habitaciones y casas de sus anfitriones, sus ganancias son muy grandes pues cobran una comisión tanto al dueño del inmueble, cuanto, a los usuarios, la que puede alcanzar a un 40%. A decir de muchos empresarios formales, estas plataformas y el sector hotelero compiten de cierta manera, por los mismos clientes o hués‑ pedes. La diferencia radica en que las primeras ofrecen hospedaje que no cumple con los requisitos legales que sí se exige a los hoteles. Aquello hace que la competencia sea bastante desleal pues para abrir un hotel se debe invertir en infraestructura, cumplir con permisos municipales, nacionales, tributarios y capacitación al personal de trabajo, mientras que los estable‑ cimientos que operan a través de una plataforma no pagan impuestos pues los pagos los reciben en el extranjero, a través de una tarjeta de crédito, no facturan sus servicios pues están ocultos, no existiendo control alguno de las autoridades sobre normas de seguridad que deberían existir. – El reglamento emitido intenta corregir estos desajustes y regula a los anfi‑ triones, a los enganchadores y a todos aquellos inmuebles distintos a los establecidos en el Reglamento de Alojamiento Turístico, obligando a estos nuevos establecimientos a contar con registro de turismo y licencia única anual de funcionamiento. Además, obliga a que aquellos establecimientos que funcionan bajo el régimen de propiedad horizontal deberán observar
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