Derecho del Turismo en las Américas
La Legislación Turística en el Ecuador 993 una sección para la guianza en el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, con especificaciones precisas. Cabe anotar que el Parque Nacional Galápagos tiene una normativa para guías muy exigente y especializada debido a sus especiales características. 8. El Reglamento para el registro de centros turísticos comunitarios fue expe‑ dido en el año 2010, tratándose de una consecuencia de la Ley de Turismo que reconoció plenamente al turismo comunitario realizado por comuni‑ dades indígenas ecuatorianas y le dio legalidad y presencia dentro de la institucionalidad del sector turístico en el país. Se trata de un cuerpo legal que tiene por objeto delimitar las funciones que puede realizar un centro de esta naturaleza, es así que puede ofrecer: alojamiento, alimentos y bebi‑ das, transportación turística, operación, organización de eventos, congresos y convenciones dentro de los límites de la jurisdicción territorial de la comunidad. Se regulan sus derechos y obligaciones, los requisitos para obtener su registro y su licencia anual de funcionamiento. Se hace hincapié en la necesidad de capacitación y formación profesional para mejorar la calidad, del patrimonio y de las sanciones. En el caso del turismo comunitario, la construcción legal ha sido diferente, no ha nacido de la Ley, sino más bien empezó como una actividad no reconocida, que, con un esfuerzo constante y una lucha basada en los territorios, llegó a ser legalizada y reivindicada por varios actores sociales y políticos del país, pues se ha constituido en una forma de administración diferente de los recursos económicos generados por el turismo en una comunidad determinada. Aparte de estos cuerpos legales que son los más importantes, existen otros secundarios a escala de manuales o acuerdos que se mencionan en el cuadro de legislación turística del Ecuador. CONCLUSIONES Si bien es cierto que la Legislación Turística Ecuatoriana nació hace muchos años, es una materia que aún se encuentra en construcción, debido a que su desarrollo no se ha dado de forma armónica, pasando mucho tiempo entre la emisión de la normativa principal y la secundaria, lo que ha hecho que se per‑ diera continuidad en muchos conceptos.
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