Derecho del Turismo en las Américas

Registro de la Legislación Turística de Guatemala 1079 e) Las empresas comerciales de información, propaganda y publicidad turís‑ tica: Editores de guías de turismo; editores de libros, folletos, panfletos, postales y toda clase de material con fines turísticos o de publicidad sobre las atracciones turísticas del país; f ) Las industrias y artesanías típicas: Productores industriales y artesanales de artículos típicos de toda clase y calidad; g) Los establecimientos comerciales dedicados al expendio de productos típi‑ cos: Almacenes, tiendas y cooperativas; h) Los centros de recreación: Cines, teatros, clubes nocturnos, bares y otros; i) Las agrupaciones nacionales artísticas y culturales: Conjuntos musicales, cuer‑ pos de bailes o danzas, grupos teatrales, coros y grupos menores de cantantes; j) De acuerdo con lo que dispone el Artículo 3º. de este Reglamento el Ejecutivo regulara las funciones, deberes y obligaciones de la industria hotelera, agencias de viajes, guías de turistas, compañías de transporte y demás organizaciones que trabajen con el turismo; y k) Cualquier otra actividad relacionada con el turismo, considerada como tal a juicio del INGUAT. 2.1. Del Registro y Verificación de las Empresas y Actividades Turísticas La Sección de Registro y Verificación de Servicios Turísticos se encarga de velar por el cumplimiento de la Ley Orgánica y sus reglamentos así como asesorar a quienes realizan una actividad turística para mejorar la infraestructura y servicios que brindan al turista nacional y extranjero. Las empresas que cuentan con regulación son las siguientes: • Agencias de Viajes; • Establecimientos de Hospedaje; • Guías de Turistas; • Escuelas de enseñanza del español como segundo idioma; • Profesores de enseñanza del idioma español: • Marinas turísticas; • Oficinas de información turística; • Bienes inmuebles para prestación de servicios turísticos con sistema de tiempo compartido; y • Empresas de Transporte Turístico (no cuenta con regulación). Los reglamentos pueden visualizarse a través de este enlace: https://goo.gl/isG14F.

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