Derecho del Turismo en las Américas

730 DERECHO DEL TURISMO EN LAS AMÉRICAS En primer lugar, la política pública constató que la apertura comercial, con‑ siderando un contexto globalizado con una demanda de crecimiento exponencial por productos y servicios, sofisticados y exclusivos, no bastaba por sí sola para un pleno desarrollo de la actividad turística. A partir del aumento creciente y sostenido de la demanda turística mundial, como la especialización y sofisticación de la misma, traducida en el concepto de turismo de intereses especiales, Chile decide reconocerse con el privilegio de contar con una diversidad geográfica singular y, consecuentemente, con atracti‑ vos naturales, paisajísticos y escénicos únicos en el mundo, con un patrimonio turístico natural valioso para recibir y atender el interés mundial creciente de los turistas por la naturaleza, todo ello sin perjuicio de su historia, su cultura y varie‑ dad de atractivos complementarios en término de intereses turísticos. Se entiende, en su momento, que Chile tiene la oportunidad de hacer del turismo uno de sus ejes fundamentales de desarrollo, considerando el país en su conjunto, la transversalidad de la actividad, sus consecuentes efectos multiplicado‑ res y los encadenamientos productivos que le son propios y que surgen de la esencia de la industria turística. Además se valora el turismo como una actividad que con‑ lleva diversidad de efectos positivos, como creación de empleo, generación de divisas, mejoramiento de la distribución geográfica de la riqueza, desarrollo terri‑ torial, descentralización del país, puesta en valor del patrimonio, entre otros. Se consideró que la aspiración a los beneficios del turismo y de su aporte al desarrollo del país requería la concurrencia de las voluntades coordinadas de diversos actores de la vida nacional, como de una adecuada acción del Estado, dado que el turismo, por naturaleza, requiere que participen diversos actores económicos de los diferentes eslabones de las cadenas productivas, como tam‑ bién diversidad de entes públicos que se relacionan funcional y/o territorialmente con tales actores y sus actividades. De lo anterior resultó imprescindible regular estableciendo, facilitando y potenciando la acción coordinada y cooperativa de empresarios, municipios, operadores turísticos y servicios públicos También fueron objeto de consideración y motivación, como de la regulación misma, en el proceso de creación e institucionalización del marco legal general del turismo en Chile, la infraestructura y el patrimonio turístico nacional, la institucionalidad pública del sector y relacionados, como también el desarrollo del turismo interno. Finalmente, el estado chileno asumió la importancia del turismo como eje de desarrollo en un amplio sentido y, en resumen, que le correspondían diversos roles en materia de estrategia nacional de turismo, de la promoción de Chile

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