Derecho del Turismo en las Américas

Legislación para el Desarrollo del Turismo en Chile 731 como destino turístico, de coordinación de la actividad desde lo público, de fomento y de fiscalización, entre otros. El fortalecimiento de la institucionalidad públicoturística resultaba un impe‑ rativo ineludible para el beneficio nacional con la actividad, así como no seguir los pasos de diversidad de países en el mundo que, ya a partir de los años ochenta, comenzaron a actualizarse normativamente en materia turística, estableciendo leyes marco de turismo que regularizaban la actividad con perspectiva de con‑ junto y desarrollo, definiendo los principios e instituciones fundamentales para el desarrollo del turismo, abordando materias como los órganos públicos compe‑ tentes en la materia, sus facultades y funciones, el patrimonio turístico, la protección al turista, la gestión de territorios, la coordinación público privada, la calidad de los servicios, y su fiscalización. Sobre las bases expuestas, se llega a 2010, año en que se dicta la Ley Nº 20.423 que establece el “Sistema Institucional para el Desarrollo del Turismo”. Esta Ley vino a dar un salto cualitativo en materia de regulación de la actividad turística y a significar una puesta al día a este respecto, por vía de la derogación, modifi‑ cación, y complementación de la normativa en vigencia hasta ese momento, que se caracterizaba por una institucionalidad débil, desempeñándola con una asig‑ nación escasa de recursos, acorde con el nivel incipiente de desarrollo de turismo en Chile que reguló dicha normativa. II. EVOLUCIÓN HISTÓRICA DE LA NORMATIVA TURÍSTICA EN CHILE II.1. El Decreto Ley Nº 1.224, del año 1975 El 1975, por vía de Decretos Leyes – decretos dictados por el poder ejecutivo con jerarquía y rango normativo de ley – en un contexto político dictatorial en el que se encontraba disuelto el Congreso Nacional, se dictó el Decreto Ley Nº 1.224, norma que creó el Servicio Nacional de Turismo (SERNATUR), persona jurídica de derecho público, funcionalmente descentralizada, con patrimonio propio y plena capacidad para ejercer derechos y contraer obligaciones. Depen‑ diente del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, (hoy Ministerio de Economía, Fomento y Turismo), vino a reemplazar a la antigua Dirección de Turismo, creada por el Decreto con fuerza de Ley Nº 254, de 1970, suprimiendo, además, los llamados Consejos Regionales de Turismo, establecidos en la Ley Nº 17.619 de 1969.

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